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Lista de precios en la peluquería: lo que pide la ley en el salón y en internet

Lista de precios en la peluquería: lo que pide la ley en el salón y en internet

10 min de lectura

En España no hay una ley de peluquerías que dicte cómo debe ser tu lista de precios, pero varias normas juntas lo dejan bastante claro: el precio se conoce antes del servicio, se muestra con IVA, explica de qué depende cuando varía y dice lo mismo en la pared, en la web y en la página de reservas.

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Las reglas vienen de tres niveles. La ley estatal de consumidores fija lo que debe llevar cualquier oferta con precio. Las comunidades autónomas, que tienen la competencia de consumo, concretan cómo se exhibe en el local; aquí sirven de ejemplo Madrid, Cataluña y Andalucía. Y la ley de servicios de la sociedad de la información añade lo propio de tu web. Donde la norma de tu comunidad diga otra cosa, manda la suya.

Todas las referencias se leyeron en septiembre de 2026 en los textos consolidados del BOE y en la web de consumo de la Comunidad de Madrid. Te sirven para revisar tu lista y llevar preguntas concretas a tu asesoría, no para sustituirla.

1. En el salón: el precio se ve antes de sentarse

La base estatal está en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). Antes de que una persona quede vinculada por un contrato, la empresa tiene que darle de forma clara la información relevante sobre sus condiciones económicas, y en ella figura «el precio total, incluidos todos los impuestos y tasas» (art. 60.1 y 60.2.c). En un salón, el contrato se cierra cuando alguien se sienta y pide lo de siempre, así que el precio tiene que estar a la vista antes de ese momento.

Cómo se muestra lo concretan las comunidades. La Ley 11/1998 de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid dice que los precios de los servicios se expondrán al público en el establecimiento «mediante la exhibición de carteles perfectamente visibles y legibles» o, en el lugar donde se presta el servicio, en un soporte escrito. Esa información incluye la relación de servicios, el precio de cada uno con sus cargas, los descuentos y los suplementos por operaciones complementarias o especiales (art. 14.2). El Código de consumo de Cataluña (Ley 22/2010) pide informar del precio completo de cualquier servicio «por medio de un letrero visible en el establecimiento o de una tarifa o un folleto de precios» (art. 251-3.1).

No es un requisito que se quede en el papel. La página de consumo de la Comunidad de Madrid sobre peluquerías y centros de belleza explica que la exhibición de precios con IVA y las hojas de reclamaciones «son objeto de inspección municipal en campañas específicas sobre peluquerías», y recuerda que todos los establecimientos deben tener esas hojas a disposición del público. Si tu salón está en otra comunidad, la forma exacta —cartel en la entrada, lista junto al mostrador, carta en cada tocador— la fija su propia ley de consumo; la oficina municipal de información al consumidor te dice cuál es.

Un precio que se descubre al pagar no es un precio: es una discusión aplazada.

2. IVA incluido y ni un euro por encima de lo anunciado

La ley estatal no deja sitio para el «+ IVA» en una lista pensada para particulares. Toda oferta que permita decidir la contratación debe dar «el precio final completo, incluidos los impuestos», desglosando en su caso incrementos, descuentos y gastos adicionales (art. 20.1.c del Real Decreto Legislativo 1/2007). En Cataluña, además, ese precio completo con tributos tiene que ser visible «de modo que no induzca a error o engaño» (art. 212-1.1 del Código de consumo).

El precio que expones también te obliga. Lo que dicen la oferta, la promoción o la publicidad se puede exigir aunque no figure en el ticket (art. 61.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007), y la Ley 13/2003 de Andalucía tipifica como infracción «cobrar o intentar cobrar a los consumidores precios superiores a los anunciados, expuestos» (art. 71.4.2.ª). Por eso una lista sin actualizar es un riesgo real: si subiste el color en enero y el cartel conserva el importe de diciembre, quien lo lee tiene de su lado el cartel.

Tres hábitos evitan casi todos los conflictos:

  • Redondea el importe final ya con IVA, no la base: 38 euros se leen mejor que 31,40 más impuestos.
  • Pon fecha a la lista y cambia el mismo día el cartel, la carpeta del mostrador y la web.
  • Si propones algo durante el servicio —una ampolla, un tratamiento de brillo—, di el precio antes de aplicarlo. La página de consumo madrileña se lo advierte a la clientela: antes de aceptar un servicio adicional, deben informarle del precio completo.

3. «Desde», suplementos y presupuestos: cuando el precio depende del pelo

En peluquería el importe exacto no siempre se conoce de antemano: una melena hasta la cintura gasta bastante más tinte que una media melena. La ley lo prevé. Cuando, por la naturaleza del servicio, el precio no puede fijarse con exactitud, hay que informar de «la base de cálculo que permita al consumidor o usuario comprobar el precio» (art. 20.1.c). Ninguna de las normas leídas para este artículo prohíbe la palabra «desde», pero un «desde 45 €» a secas no permite comprobar nada.

La solución es publicar la regla al lado del importe de partida. Por ejemplo: «Color de raíz: 45 €. Pelo por debajo del hombro: + 12 €. Cada tubo adicional: + 8 €». O por tiempo, si trabajas así: «Mechas: desde 70 €, + 15 € por cada media hora más de sillón». La ley madrileña exige precisamente que consten los suplementos por operaciones complementarias o especiales (art. 14.2), y la catalana, que los recargos se comuniquen mediante una lista de precios o un presupuesto previo por escrito (art. 251-7.1). Esa misma ley prohíbe en cualquier caso los recargos basados en «la inmediata disponibilidad, la urgencia o conceptos similares» (art. 251-7.4): un suplemento por cita en el mismo día no cabe en Cataluña.

Cuando ni la regla alcanza —un cambio de color con decoloración previa, un recogido con prueba—, toca presupuesto. En Cataluña es obligatorio entregarlo si la persona no puede calcular el precio por sí misma, salvo que renuncie de forma expresa, manuscrita y firmada (art. 251-3.2), y un presupuesto no aceptado solo se cobra si lo indicaste en la tarifa o lo informaste expresamente (art. 251-3.5). En otras comunidades, darlo por escrito igualmente te ahorra la discusión en caja. Si todavía no tienes claros esos importes, la calculadora de precios para peluquerías te ayuda a ponerles número antes de imprimir la lista.

4. Productos a la venta, rebajas y precios de «señora» y «caballero»

Lo que vendes en la estantería sigue otra norma. El Real Decreto 3423/2000 obliga a indicar el precio de venta en todos los productos que se ofrecen a los consumidores (art. 3.1), y a que sea visible «sin necesidad de que éste tenga que solicitar dicha información» (art. 4.1.b). Para los cosméticos pide además el precio por unidad de medida, referido a 100 g o 100 ml (anexo II), salvo en envases de menos de 50 g o ml (anexo I). El mismo real decreto no se aplica a los productos suministrados con ocasión de una prestación de servicios (art. 1.2.a): el tinte que aplicas forma parte del servicio; el champú que alguien se lleva a casa necesita su etiqueta.

Las rebajas tienen su propia trampa. Para los productos, la ley estatal de comercio minorista pide mostrar el precio anterior junto al reducido, y ese precio anterior es el más bajo que aplicaste a productos idénticos en los treinta días precedentes (art. 20.1 de la Ley 7/1996); rige donde tu comunidad no tenga una norma propia. En Cataluña, si anuncias una reducción tienes que indicar el precio normal y el reducido, o el porcentaje, y el precio normal es el que aplicaste en el mismo establecimiento durante al menos un mes dentro de los seis meses anteriores a la oferta (art. 211-11). Rebajar un importe que subiste la semana antes no es una rebaja.

Queda una costumbre muy asentada en las listas de peluquería: el corte «de señora» y el «de caballero». La Ley Orgánica 3/2007 obliga a quien ofrece servicios al público a respetar la igualdad de trato entre mujeres y hombres, y solo admite diferencias «cuando estén justificadas por un propósito legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios» (art. 69). Si un corte cuesta más porque lleva más tiempo, más producto o una técnica distinta, nómbralo por eso: «corte pelo corto», «corte pelo largo», «corte con lavado y peinado». La lista gana claridad y la diferencia se explica sola. Si dudas de que una diferencia concreta se sostenga, pregúntalo a un abogado.

5. Web, perfil de empresa y página de reservas: un solo precio en todas partes

En internet se suman dos leyes. La de consumidores trata tu lista online como una oferta con precio: además del importe final con impuestos, debe identificar a quien la hace con su «nombre, razón social y domicilio completo» (art. 20.1.a). Y la Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información, exige que tu web dé acceso permanente, fácil y gratuito a tu nombre, domicilio, correo electrónico y NIF, y que, cuando mencione precios, dé «información clara y exacta» indicando si incluyen o no los impuestos (art. 10.1).

Si además se puede reservar online, la cita puede ser un contrato a distancia, y entonces, antes de que la persona quede vinculada, debe conocer, entre otras cosas, el precio total con impuestos o, si no puede calcularse de antemano, la forma en que se determina (art. 97.1.e del Real Decreto Legislativo 1/2007). Si el servicio aparece como «Color» a 45 € y en el salón termina en 70 sin que nada lo anunciara, quien reservó tenía motivos para esperar 45.

Para que no ocurra:

  • Usa los mismos nombres de servicio en el cartel, la web, tu perfil de empresa en Google y la página de reservas.
  • Coloca junto a cada servicio variable su regla de suplemento, no en una página aparte.
  • Indica una duración realista: también describe lo que se contrata.
  • Cuando cambies un precio, hazlo en todos los canales el mismo día y anota la fecha.

Repasa tu lista con cuatro preguntas. ¿Se ve antes de que alguien se siente, en un cartel o en una carta que se entrega sin pedirla? ¿Todos los importes llevan el IVA dentro? ¿Cada «desde» dice qué se suma y por qué? ¿Coinciden la pared, la web y la página de reservas? Si las cuatro respuestas son sí, lo que queda son las particularidades de tu comunidad autónoma, y esas se consultan en su oficina de consumo.

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