Tabla de contenidos
Un estudio de tatuajes depende de tu comunidad autónoma más que una peluquería o un centro de estética: ella decide qué formación higiénico-sanitaria necesitas, si el local se inscribe en un registro o se autoriza antes de abrir, y qué documentos firma quien se tatúa. Esta guía te ayuda a encontrar esas reglas y reúne lo que vale en toda España y en la UE.
El orden es el de cualquier apertura, con otro peso en cada paso: la formación que exige la norma sanitaria de tu comunidad, los trámites fiscales y de Seguridad Social, el local y las tintas, el precio de una sesión y la organización de consultas y citas largas.
Como ejemplos se usan la Comunidad de Madrid (Decreto 35/2005, modificado en 2021) y Cataluña (Decreto 90/2008), porque sus reglas difieren en puntos importantes. Todas las fuentes son oficiales y se comprobaron en septiembre de 2026.
1. Formación y requisitos: el curso higiénico-sanitario de tu comunidad
No existe en España un título estatal de tatuador, pero las normas autonómicas sí imponen formación, y es obligatoria. En la Comunidad de Madrid, el personal aplicador de tatuaje, micropigmentación o piercing debe asistir y superar cursos autorizados por la Dirección General de Salud Pública (Decreto 35/2005, art. 13), con una parte general de al menos veinticinco horas, una específica de al menos diez y prácticas de al menos cinco (anexo 4). Además debe estar vacunado frente a la hepatitis B y el tétanos (art. 7.1). Quedan exentos, entre otros, los licenciados en Medicina y los diplomados en Enfermería (art. 15).
En Cataluña solo puede tatuar personal acreditado. Según el Departament de Salut, la acreditación de formación higiénico-sanitaria es obligatoria, dura diez años y se renueva superando un módulo de actualización; se obtiene con cursos homologados, por convalidación o con ciertas titulaciones que eximen del curso (Decreto 90/2008, art. 21).
Desde 2023 existe además una cualificación profesional oficial, la IMP800_3 «Tatuaje y perforación corporal (piercing)», nacida de la división de la antigua cualificación de maquillaje integral. Es un estándar de competencias, no una licencia, y no sustituye al curso de tu comunidad. Si trabajas en otra comunidad, busca en la web de su consejería de sanidad la norma de tatuaje y los cursos reconocidos antes de matricularte en ninguno.
En un estudio de tatuajes, el consentimiento firmado y la etiqueta de la tinta forman parte del trabajo tanto como la línea.
2. Registro sanitario, Hacienda y Seguridad Social
El paso sanitario va primero. En Madrid, el estudio se inscribe en el Registro de Establecimientos de Tatuajes, Micropigmentación, Piercing u otras prácticas similares «con carácter previo a su funcionamiento» (art. 8). La solicitud incluye los datos de los aplicadores con su curso y su vacunación, un croquis con las áreas del local, una memoria de técnicas, productos, instrumental y métodos de esterilización y desinfección, el contrato con un gestor autorizado de residuos, el modelo de consentimiento informado y el pago de la tasa (art. 9). En Cataluña, el establecimiento necesita autorización previa del ayuntamiento, y obtenerla es responsabilidad de su titular (Decreto 90/2008, art. 4.1).
El tatuaje no tiene epígrafe propio en el IAE: la Dirección General de Tributos lo clasifica en el 979.9, «Otros servicios personales n.c.o.p.», cuando se ejerce como empresa, y en el grupo 887 de la sección segunda cuando una persona física lo ejerce como profesional (consulta vinculante V2227-06). El 979.9 está en el anexo de la Ley 12/2012, que en locales de hasta 750 metros cuadrados cambia la licencia de actividad por una declaración responsable; los pasos sanitarios de tu comunidad se tramitan aparte.
En Hacienda, modelo 036 antes de empezar (el 037 desapareció en 2025) e IVA general del 21 %. El 979.9 no está entre las actividades de la orden de módulos de 2026, así que en el IRPF tributarás en estimación directa. En la Seguridad Social, alta en el RETA por vía electrónica antes del inicio y no antes de 60 días, cotización según rendimientos netos y cuota reducida de doce meses, que se pide en el mismo momento del alta. Un Punto de Atención al Emprendimiento hace contigo el alta sin coste si tu comunidad tiene el trámite en CIRCE; en el País Vasco y Navarra, lo fiscal va a la hacienda foral.
Si contratas, ten en cuenta que el convenio de peluquerías, institutos de belleza y gimnasios no nombra el tatuaje en su ámbito funcional: pregunta a una asesoría laboral qué convenio aplica. Lo demás no cambia: alta antes del primer día, comunicación de apertura del centro de trabajo y evaluación de riesgos. Pide también a tu aseguradora una responsabilidad civil que cubra por escrito tatuaje y piercing, y pregunta a tu comunidad si la exige.
3. Local, tintas e higiene
Las normas de tatuaje describen el local con detalle. En Madrid, el estudio necesita áreas aisladas y diferenciadas de espera, de trabajo con privacidad y de preparación del material, más un aseo (art. 5.1); lavamanos de accionamiento no manual en las áreas de trabajo y preparación, cubos con tapa de pedal y botiquín (art. 5.2). Agujas y todo lo que atraviesa la piel, estériles, de un solo uso y precintados hasta usarse; guantes quirúrgicos estériles nuevos con cada cliente (art. 6.1); rasurado con utensilios desechables, nunca con navaja tradicional (art. 6.2); y mantenimiento de los esterilizadores por un servicio técnico, con registro (art. 6.9). Solo se tatúa en establecimientos permanentes, y en ferias o convenciones hace falta autorización previa (art. 3).
Las tintas tienen además norma europea. Desde el 4 de enero de 2022, el anexo XVII del Reglamento REACH, en la redacción del Reglamento (UE) 2020/2081, prohíbe usar para tatuar mezclas con determinadas sustancias por encima de sus límites; para los pigmentos Azul 15:3 y Verde 7, desde el 4 de enero de 2023. Solo pueden usarse mezclas con la mención «Mezcla para su uso en tatuajes o en maquillaje permanente», y antes de tatuar debes facilitar a la persona la información del envase o de las instrucciones de uso. Guarda la etiqueta de cada lote que abras.
Todo eso cabe en un plan de higiene: qué se esteriliza, cómo se registra cada ciclo, cómo se desecha lo cortante. La plantilla de plan de higiene tiene una versión para estudio de tatuajes y piercing con filas para autoclave, agujas y cartuchos, tinta en capuchones de un solo uso y residuos con sangre; adapta cada fila a lo que pida tu comunidad.
Artículos relacionados
4. Costes y precio: horas de sesión, horas de diseño y señal
Un estudio tiene costes que existen antes del primer cliente: el curso y la vacunación, las tasas que cobren tu comunidad o tu ayuntamiento por el registro o la autorización, el croquis y la memoria técnica. Luego vienen la inversión (acondicionamiento de áreas separadas, lavamanos no manuales, camillas, máquinas, fuentes, autoclave), los costes fijos (alquiler, suministros, contrato con el gestor de residuos, mantenimiento del esterilizador, seguros, cuota de autónomo, gestoría, software) y los consumibles de cada sesión (cartuchos o agujas, tinta, capuchones, film protector, guantes, apósitos).
El precio sale de las horas que vendes, no de las que trabajas:
- Coste por hora de camilla: fijos del mes y tu retribución, divididos entre las horas de tatuaje que cobras.
- Las horas invisibles: consulta, diseño, montaje y desmontaje del puesto. Decide si las cobras aparte, las repartes en la tarifa o las cubres con la señal.
- Por hora o por pieza: la pieza da seguridad a quien se tatúa y te traslada el riesgo de que se alargue. Si cobras por horas, publica la base de cálculo (Real Decreto Legislativo 1/2007, art. 20.1.c); en Madrid, además, en la zona de espera informas con cartel o folleto de los servicios y sus precios, impuestos incluidos (Decreto 35/2005, art. 11.5).
- Un mínimo por sesión que cubra montaje y material, y el 21 % de IVA encima.
Sobre la señal y las cancelaciones, con reglas escritas antes de reservar, está señal y cancelación en estudios de tatuaje. Al cobrar, recuerda que el tatuaje no está entre los servicios con límite especial de factura simplificada: por encima de 400 euros con IVA, factura completa (Real Decreto 1619/2012, art. 4.1.a).
5. Primeros clientes: consultas, citas largas y documentación
Tu perfil de empresa en Google y tu portfolio hacen el primer filtro: estilos que haces, estilos que no, y un enlace a reservar la consulta, no la sesión. Separa en tu página de reservas la consulta de la sesión de trabajo; cómo preparar esa consulta en digital, con motivo, estilo y artista, lo explica preparar consultas de tatuaje en digital. Las sesiones largas necesitan confirmación con plazo de cancelación y un recordatorio con tiempo; tienes textos en las plantillas de confirmación y recordatorio de cita.
La documentación es parte del servicio. En Madrid, antes de tatuar informas por escrito de riesgos y cuidados posteriores y recoges la firma como consentimiento, según el modelo del anexo 3 (art. 11); pides el documento de identidad y conservas identificación y consentimientos tres años (art. 11.4). A un menor no emancipado solo puedes tatuarlo con consentimiento de sus representantes legales (art. 12). En Cataluña, el menor con madurez suficiente consiente por escrito, y esa madurez la acredita un escrito de su padre, madre o tutor, salvo a partir de los dieciséis años (art. 6.2); los consentimientos también se guardan tres años (art. 7), y al terminar entregas un documento con el número de autorización del estudio y el nombre de quien tatuó (art. 5.3).
Para tu ficha, la plantilla de ficha de cliente está pensada para peluquería, estética y uñas, pero sirve de base para anotar zona, tamaño, sesiones y lote de tinta. Hay varios programas para estudios de tatuajes que unen reservas, ficha e historial; Salon Wizard es uno, con página de reservas propia, ficha con notas y citas, citas periódicas para piezas por sesiones y avisos automáticos por correo. Caja y contabilidad quedan fuera.
Empieza por tu comunidad: localiza su norma de tatuaje, haz el curso reconocido y vacúnate si te lo exigen. Después, el local y los papeles: áreas separadas, gestor de residuos contratado, inscripción o autorización sanitaria, declaración responsable y altas en Hacienda y RETA. Por último, el método: plan de higiene, tintas con su etiqueta guardada, consentimiento según tu comunidad, precio por hora con IVA y consultas separadas de las sesiones en tu agenda.
¿Coordinar citas tattoo?
Coordina consultas, sesiones largas, artistas, galería y datos de clientes.